Seguimiento

Una vez presentada la comunicación o denuncia y obtenido el acuse de recibo de la presentación, se procederá a la comprobación de los hechos y se dará respuesta a la persona denunciante en un plazo razonable, que no será superior a tres meses.

La secuencia posterior consistirá en la designación de una persona instructora de carácter imparcial que realizará las tareas de investigación y mantendrá la comunicación con la persona promotora de la denuncia. A raíz de este proceso instructor, según las circunstancias, se podrán tomar las siguientes decisiones:

  1. archivar el caso,
  2. formular recomendaciones de medidas de mejora en la gestión pública,
  3. proponer al órgano competente iniciar el procedimiento administrativo que corresponda o,
  4. comunicar a la autoridad pertinente el contenido de la comunicación, en especial, en casos de presuntos ilícitos penales que se manifiesten claramente.

Durante este procedimiento se procurará mantener con diligencia la confidencialidad tanto de las personas informadoras como la de aquellas a las que se refiera la información.

Buzón Ético y de Buen Gobierno

Esta aplicación es el canal prioritario de admisión de las comunicaciones del buzón ya que es el único que garantiza la confidencialidad y permite el anonimato de las comunicaciones durante todo el proceso.