Atribuciones, funciones y competencias
El órgano de máxima representación política de la ciudad cuenta con un amplio abanico de funciones que te detallamos en ente apartado.
Al Pleno municipal –integrado por todos los ediles y presidido por el alcalde- le corresponde el control y la fiscalización de los órganos de gobierno; la aprobación del Reglamento Orgánico Municipal, de las ordenanzas, del presupuesto, de la forma de gestión de los servicios así como del planeamiento urbanístico del municipio.
También es de su competencia la aprobación de la plantilla de personal, de obras y servicios así como la determinación de los recursos propios de carácter tributario. Entre sus funciones figura, además, el ejercicio de acciones judiciales y administrativas y la defensa de la administración en materias de competencia plenaria.
Otra atribución son los acuerdos relativos a la participación en organizaciones supramunicipales; la alteración del término; la creación de órganos desconcentrados y la adopción o modificación de su bandera, enseña o escudo.