Funcionamiento

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Una vez presentada la comunicación mediante este Canal, la aplicación generará un acuse de recibo del envío que incorpora un código alfanumérico que permite el acceso a un canal de comunicación de carácter confidencial.

El código es la única manera de acceder a este canal y será responsabilidad de la persona informante conservarlo.

Este canal seguro de comunicación electrónica garantiza la confidencialidad de las comunicaciones; ofrece la posibilidad de preservar el anonimato; permite mantener la colaboración con la persona instructora del Canal en la comprobación de los hechos; y conocer el estado de tramitación de la comunicación.

En este sentido, habrá que mantener el diálogo mediante este canal de comunicación para facilitar las tareas de investigación y comprobación de los hechos.

La identidad del informante solo podrá ser comunicada a la Autoridad judicial, al Ministerio Fiscal o a la autoridad administrativa competente en el marco de una investigación penal, disciplinaria o sancionadora.

Las revelaciones hechas estarán sujetas a las salvaguardas establecidas en la normativa aplicable. En particular, se comunicará al informante antes de revelar su identidad, salvo que esta información pueda comprometer la investigación o el procedimiento judicial. Cuando el ayuntamiento lo comunique al informante, le remitirá un escrito explicando los motivos de la revelación de los datos confidencial en cuestión.

Disposiciones reguladoras:

Buzón Informantes

Esta aplicación es el canal prioritario de admisión de las comunicaciones del buzón ya que es el único que garantiza la confidencialidad y permite el anonimato de las comunicaciones durante todo el proceso.