Moratoria por reposición

Se incluyen dentro de esta categoría todos los vehículos que tienen el acceso y la circulación a las ZBE restringidos de acuerdo con lo que se establece en las ordenanzas municipales, y cuyos titulares han acreditado, tal y como determinan estas ordenanzas y cumpliendo los términos regulados en el presente Reglamento, la compra de un vehículo de motor nuevo que cumple con los requisitos tecnológicos y de emisiones para poder acceder y circular por las ZBE.

  • Vehículos en moratoria por reposición - Categoría H.
  • Vehículos en moratoria que prestan servicio de transporte público y colectivo de personas - Categoría I: se incluyen todos los vehículos que prestan servicios de transporte público y colectivo que no tienen distintivo ambiental, siempre que se haya aprobado un programa de renovación de flota.
  • Vehículos en moratoria que prestan servicios municipales de larga temporalidad - Categoria K.
  • Vehículos en moratoria que realizan transporte de mercancías - Categoría J.
  • Vehículos en moratoria de empresas de suministro de corderos y materiales de establecimientos ubicados dentro de la Zona de Bajas Emisiones.