Servicios de emergencia y esenciales
Vehículos de servicios de emergencia y esenciales - Categoría B
Se consideran servicios de emergencia y esenciales los servicios médicos, los servicios funerarios, protección civil, bomberos, policía, cuerpos y fuerzas de seguridad del Estado, también aquellos vehículos que en un momento puntual tengan que acceder a la ZBE con el fin de de prestar un servicio derivado de la activación de un plan de protección civil, de acuerdo a lo que establezca dicho plan o bien como resultado de una orden de la autoridad de protección civil competente en cada caso y cualquier otro servicio que se incorpore a esta categoría en las ordenanzas municipales o por Decreto de Alcaldía o por concejal o concejala que actúe por delegación, a propuesta de la Comisión Técnica.